El Ministerio Público y el Delito
La Ley Orgànica del Ministerio Pùblico del Perù, en su Artìculo 11º, expresa: El Ministerio Público es el titular de la acción penal pública, la que ejercita de oficio, a instancia de la parte agraviada o por acción popular, si se trata de delito de comisión inmediata o de aquéllos contra los cuales la ley la concede.
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